Diario de Guerra Comando del Vto Cuerpo de Ejercito Anexos Folio 318

Diario de Guerra Comando del Vto Cuerpo de Ejercito Anexos Folio 318

Descripción

SECIBTO (Cdo Cpo 3j V- MA – 022)

ra otrom.Dioba separación deborá mantenarse hasta su
evacuación a retaguardia (L Reun PG).

4) Desde su captura hasta los lugares de reunión, los pri-
sioneros de guerra serán custodiados por personal de tro
pa de la Unidad, o de la Policía Militar el se la dispo-
na para asta tarea.

5) Desertores

Serán tratados como prisioneros de gusrra, pero serán
mantonidos separados de óstos.

b. Personal civil

Será considerado prisionero de guarra cuando proceda 00n=
forme a lo establecido en el artículo 2002 del LV 2 Leyes
de Guerra.

5. INTERROGATORIOS

ln

b.

Sa efectuarán en dos fases:
Primera fase

A cargo de las GGUUC e inferiores y con la finaliiad de
obtener información de valor táctico inmediato. Los inte-
rrogatorios serán breves y la información obtenida será di-
fundida al órgano de inteligencia correspondiente,

Segunda fase

Los interrogatorios de detalla a prisioneros de gusrra
saleoccionados, se efectuarán en los lugares de reunión de
prisioneros de guerra, con equipos aspaciales de interroga-
áores a organizar por las Un(s) Icia, a fin de satisfacer
las necesidades de inteligencia de este Comando.

Podrá operar en estos lugares personal de interrogadoras
de otras FF AA para explotar convenientemente esta fuente de
información.

Sírvase acusar recibo.

=, ,

ió JORGE] GARCIA
ral de División
/ Cte Cpo Ej Y

Distribuidor: El del Cuerpo de la 00-Nro 3/82%

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SECUTO