Diario de Guerra Comando del Vto Cuerpo de Ejercito Anexos Folio 258

Diario de Guerra Comando del Vto Cuerpo de Ejercito Anexos Folio 258

Descripción

6) Educación Pública

En territorio ocupado (Poia MAGALLA: actividades educaciona—
les quedarán suspendidas inicialmente, ; ato producen agrupamientos
humanos, exigen movimientos difíciles de controlar y pueden dar motivo a
perturbaciones. Un estudio local permitirá a las fuersgas de ocupación en
tablecer la fecha de normalización de estas actividades.

7) Asuntos de trabajo

a) Los Cdo(s) Br(s) y/o Agr(s), según oportunidad, deberán determinar y
vigilar al personal gremial ohileno que deba ser internado por consi
derárselo peligroso o sospechoso. Esta internación se ejecutará con
orden de este Comando.

b) Los Cdo(s) Br(s) y/o Agr(s), según oportunidad, previo acuerdo con los
gobiernos provinciales, determinarán la mano de obra obilena y pro-ohi
lena que será necesario remover y la forme 00m podrá ejecutarse cuan
do se lo ordene» ,

o) Los reemplazos de mano de obra se ejecutarán de acuerde a las siguien
tes prioridades:

ls Trabajos que aseguren la libertad de aogión de la Fuerga (vialidad,
servicio de balsas, puertos, eto). ,

21 Trubajos que permitan la aten ión básica de la población civil
(eurvicio eléctrico, servicio de agua y energía, de transporte urba-
ho de telecpimunicaciones, et).

31 Trabajos que permitan la ater ión de servicios internacionales
(gasoductos, eto).

4: Trabajos destinados a inoreme tar, mantener y Fecuperar la economía
local.

d) En la requisición de servicios personales se deberá evitar que -sean
cumplidos por chilenos, no sólo por el riesgo que impliea sino tam-
a E bién por ser contrario a los convenios internacionales vigéntes.

e) Se implicarán las leyes vigentes. Fl abandono de los lugares de trabajo
o el cierre de los mismos quedi rá jeto a la pena que la ley estable-
1 oe o los Bandos dispongan.

f) La perturbación que se ores a la producción, distribución y comerdia—
lización será penada a requerimiento de la autoridad militar, mediante
juicio sumerio, por los Tribunales Xilitares y con las penas que se

, establezcan por pando.

– z) En territorio ocupado regirán, en principio, las leyes locales. Median-
te Bandos se establecerá la obligetoriedad de mantenerse en los puestos
de trabajo y contimuar la producción de bienes y servicios. Se confeo-
oloner?,, registros de trabajadores y empleadores, como aspecto comple

» nentarj> del estudio de los recursos locales que permitan abastecer a
0% les tropas y a latpoblación de la zone ocupada.

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