Diario de Guerra Comando del Vto Cuerpo de Ejercito Anexos Folio 260

Diario de Guerra Comando del Vto Cuerpo de Ejercito Anexos Folio 260

Descripción

4) Eroduoción (alimentación)

.a) Los Cdo(sa) Br(u) y/o Agr(s), según oportunidad, coordinarán con los

EN

6)

gobiernos provinciales aquellos aspectos de interés de la Fuerza, en
especial lo referido a mantener el funcionamiento normal de los medios
de producción: y asegurar el abastecimiento para Asuntos Civiles.

vb) Se realizarán previsiones para el almacenamiento de productos perece
deros e imperecederos que aseguren una dieta suficiente para la alimen-
tación de la población oivil.

o) En territorio ocupado se incrementará esta producción en la medida de
lo posible, provurándose que los requerimientos militeres no perjudi-
quen el abastecimiento civil.

Racionamiento y control de precios

En territorio ocupado se diotarán Bandos estebleciendo penalidades pa-
sa los acaparadores y la pena se extenderá a todo aquel que propicia o
acepte la orezción de un mercado negro. El racionamiento tenderá a asegu—
rar un nivel mínimo pra toda la población.

Control de la propiedad

a) Los Cte(s) Br(s) y/o Agr(s), según oportunidad, deberán prever, en sus
respectivos planes, los inmiebles nacionales, provinciales, municipa-
les y privados necesarios, y estapleverán los acuerdos con los gobier=
nos provinciales para aquellos qui sean de utilidad militar (Comandos ,
depósitos, lugares para prisionez ade guerra, establecimientos educa-
cionales, eto). Se tratará de utilizar al mínimo la incautación de
inmuebles.

b) Cuando se produzoan daños £ particulares, que no seán consecuencia di-
recta de acciones de guerra tales como destrozos, depredavciones, o de-
litos cometidos por personal de las fuerzas militares instaladas o que
transiten por territorio propio, los reclamos que formulen- los parti-
culares perjudicados serán asentados en un documento donde constarán
los daños del reclamante, los circunstancias que los produjeron, deta-
lle mimoioso de allos, su estimeción y testigos que puedan acreditar
el hecho.

Se herá constar además (ue dicha diligencia ño implica el reconooi-
máento de derechos, sino le mera constatación del reclamo.

Este procedimiento no quita el derecho de los damifioados = 40010
niar judicialmente.

En 1) medida qUe las operaciones lo permiten se verilic-rá
titud d:: los bechcs y monto del daño y lo aoctuido será elevado
autoridad que reciba el reclamo al Comando de Teatro puro :

El derecho a la indemnización mi será reconocido administrativamen
te por el Estado, bústa tanto una ley especial contemple si procede y
en qué casos, compensar los’perjuici ado8+

A
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SECRETO