Diario de Guerra Comando del Vto Cuerpo de Ejercito Anexos Folio 264

Diario de Guerra Comando del Vto Cuerpo de Ejercito Anexos Folio 264

Descripción

1) Las tareas a desarrollar por asuntos civiles dependerán totelmen:
Comandante de Teatro de Operaciones, basándose en el principio de eoono-
? : _mía de medios; satisfaciendo mus requerimientos con sus propios medios,
con los de las FFSS y con los que dispongen los niveles municipales y
provinciales; recién cuando éstos resulten superados se recurrirá al 0o-
mando Superior.

2) El personal militar a ner destinado en las orzanizaciones de Asuntos 0i-
viles provendrá del que se les asigna de las fuerzas disponibles más
aquel que consulte necesario movilizar, debiendo estos últimos ser el
resultado de una reserva selectiva que sobrepase los 35 años úe edad.
Para este Último se preverá una rápida preparación y adiestramiento.

3) Deberá designarse a la mayor brevedad el personal que integrará las or-
ganizaciones de Asuntos Civiles y comenzar su preparación pera las tareas
Xi específicas.

4) Se contimará con los Planes de Acción Cívica durante la Fase 1 Prelimi-
nar como un medio pura obtener informsción sobre la población, en parti-
cular de los habitantes extranjerosjpara la difusión de conceptos favora

s bles a la posición argentina, preparando a la población para necesidades
e futuras y buscando contrarrestar la acción sicolégios del enemigo.

5) El Comandante del Teatro de Operaciones, como máxima autoridad oivil y
militar en su jurisdicción, será responsable de la aplicación y control de
) las medidas de tipo económico-finanoiero que diote la autoridad nacional,
Toda norma que se dicte en ejercicio de autoridad delegada deberá ser
puesta en conocimiento del Comando del Teatro.

6) Los Cdo(s) br(s) y/o Agr(s), según opc “tunidad, quedan facultados A par-
, tir de la recepción del presente Anexo, 4 tomar contaoto con las autori-
dades prorincíales y de empresas oficiales y privadas a los fines que
estime nepesario y/o conveniente para satisfacer las exigencias de la
primera F:se. ;

Las propi.s tropas y cusdros deberán ser instruídos acerca de los dero-
chos, obl.guoiones y responsabilidades en territorio propio y del enemi-
zo. Se pripararán los planes de edusación correspondientes.

8) Deberán d:. fundirse y publicarse las obras de arte, edificios y lugares
que no delerán scsi utilizados con fines militares.

5. COMANDO Y COMUNICACIONES
Ver párrafo 5. del Cuerpo del Plan de C wpeña TOS Nro 2/82.

Sírvase sousar recibo.

> OSVALDO JORGE GARCIA
Qrl Div
Cte Cpo Ej Y

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SECRETO